
Viajar a Panamá: Visado, requisitos. Seguro de viajero.
Eres mexicano y estás pensando en viajar a Panamá, debes saber que México se encuentra entre los Países que requieren VISA para entrar.
Hay distintos tipos de visado, según sea el objetivo del viaje a Venezuela
Si tienes la intención de regresar a tu país de origen y cuentas con recursos económicos suficientes para solventar tus necesidades mientras permanezcas en territorio panameño podrás solicitar la Visa para no residentes, y deberás, a su vencimiento deja suelo panameño
VISA TURISTA: Válidas por 90 días
1. Completar el formulario de solicitud de visa
2. Presentar original y copia completa del pasaporte o documento de viaje con un mínimo de tres (3) meses de vigencia
3. Reservación aérea comprobada con itinerario de continuación del viaje o tiquete electrónico
4. Copia del documento de identificación o carné de residencia del país donde tenga su domicilio
5. Aportar tres (3) fotografías
6. Pagar por los servicios migratorios la suma de cincuenta balboas (B/.50.00), al momento de la presentación ante el Servicio Nacional de Migración
7. Prueba de solvencia económica para su manutención y sustento según el término de estadía en el país, la cual no podrá ser inferior a quinientos balboas (B/.500.00) y se demostrará con alguna de las siguientes opciones:
a. Cheque certificado o giro bancario a nombre del solicitante
b. Cheques viajeros a nombre del solicitante
c. Certificación bancaria, con estado de cuenta de los últimos tres meses que refleje saldos disponibles
d. Tarjeta de crédito con el estado de cuenta de los últimos tres meses que refleje saldos disponibles
e. Declaración de rentas o su similar, del último año fiscal
f. Cualquier otro que pruebe sus ingresos y que sea aceptable para el Servicio Nacional de Migración
8. Documentación a presentar según actividad que se realizar:
a. Empleado: certificado de trabajo con último recibo de sueldo
Trabajador independiente: acreditar tal condición
b. Pensionado o jubilado: acreditar tal condición
c. Independiente: declaración de renta del último año fiscal
d.Estudiante: una certificación del centro educativo con mención del tipo de estudios en curso .
Copia del último permiso que le fue aprobado por la autoridad migratoria panameña (si procede)
Reservación de hotel confirmada
Invitación: Declaración Jurada de quien invita, pudiendo tratarse de,,residentes temporales o permanentes o panameños desde Panamá, adjuntando lo siguiente según el caso:
Copia autenticada de cédula de identidad personal del nacional
Copia de las generales del pasaporte y del documento de identificación personal del extranjero
Copia de recibo de pago por la prestación de servicios públicos, donde conste la ubicación de la
residencia del responsable.
Todos los nacionales de países que no hayan suscrito acuerdo de supresión de visa con la República de Panamá, deberán tramitar ante el Servicio Nacional de Migración o las oficinas del Servicio Exterior, visas de turismo, según lo señale el listado que apruebe la autoridad competente.
EXTENSIÓN DE TURISTA
ARTÍCULO 21. El extranjero que ingrese al territorio nacional en calidad de turista a quien se le haya otorgado una visa por un término menor de noventa (90) días, previo concepto del Director General del Servicio Nacional de Migración, antes del vencimiento de la misma, podrá solicitar personalmente o mediante apoderado legal su extensión hasta completar un tiempo máximo de estadía de noventa (90) días.
Para la aplicación de la extensión de turismo, los interesados deben presentar la siguiente documentación:
1. Solicitud de la extensión de visa de turismo
2. Copia completa del pasaporte, con una vigencia mínima de tres (3) meses
3. Copia del tiquete electrónico pagado
4. Reservación de hotel (si procede)
5. Justificar los motivos de la extensión de turismo
6. Prueba de solvencia económica para su manutención y sustento según el término de estadía en el país, la cual no podrá ser inferior a quinientos balboas (B/.500.00) y se demostrará con alguno de los siguientes documentos:
a. Cheque certificado o giro bancario a nombre del interesado
b. Cheques viajeros a nombre del interesado;
c. Certificación bancaria, con su estado de cuenta que refleje saldos disponibles
d. Tarjeta de crédito con su estado de cuenta, que refleje saldos disponibles
e. Cualquier otro que pruebe sus ingresos.
7. Declaración Jurada de quien invita (si procede) en cuyo caso podrá ser realizada por:
a. Residentes temporales o permanentes o panameños, adjuntado lo siguiente según el caso:
a.1. Copia de cédula de identidad personal
a.2. Copia de las generales del pasaporte y del documento de identificación personal del extranjero responsable.
a.3. Copia de recibo de pago por la prestación de servicios públicos, donde conste la ubicación de la residencia del responsable.
b. Representante legal de entidades públicas o privadas. En caso de ser una entidad pública, deberá presentar una carta de invitación. De ser una entidad privada, deberá adjuntar los siguientes documentos:
b.1. Certificación del Registro Público
b.2. Copia del Aviso de Operaciones
b.3. Copia de la clave de operación de la Zona Libre de Colón (Si procede).
b.4. Copia de recibo de pago por la prestación de servicios públicos donde conste la ubicación de la empresa responsable.
8. De aplicarse el numeral anterior, quienes invitan se hacen responsables deberán acreditar solvencia económica,
a través de alguno de los siguientes documentos:
a. Certificación bancaria
b. Última declaración de renta, con su paz y salvo
c. Carta de trabajo con ficha de la Caja de Seguro Social
d. De asumir los gastos del invitado deben presentar carta de responsabilidad.
SOLICITUD DE EXTENSIÓN Por CAMBIO DE CATEGORÍA MIGRATORIA
El extranjero que ingrese al territorio nacional en calidad de turista podrá solicitar una extensión, hasta por un término de sesenta (60) días, previo concepto del Director General del Servicio Nacional de Migración, cuando sea justificado por su intención de solicitar cambio de categoría migratoria en calidad de residente temporal o residente permanente y a la fecha de vencimiento de la visa de turismo le haga falta algún requisito para completar su solicitud. Esta debe ser solicitada mediante apoderado legal diez días (10) hábiles, antes del vencimiento de su estadía como turista.
Con la solicitud de esta extensión, se presentará copia simple de los documentos que sirvan como prueba para sustentar su petición. De aprobarse la extensión debe adelantar el pago de doscientos cincuenta balboas (B/.250.00) establecido en el numeral 4 del artículo 28 del Decreto Ley y consignar un depósito de garantía por la suma de quinientos balboas (B/.500.00), ambos a favor del Servicio Nacional de Migración.
SEGURO DE ASISTENCIA AL VIAJERO
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